Certificación IVA e IEPS.
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De conformidad con la Regla General de Comercio Exterior 5.2.15, las empresas que hubieran obtenido la Certificación en Materia de IVA e IEPS deberán presentar su solicitud de renovación 60 días antes de que venga el plazo de vigencia.
Aquellas empresas que deseen renovar su Certificación, deberán acreditar que siguen cumpliendo con los requisitos necesarios para la Certificación según la modalidad a la cual deseen aplicar.
Se debe tener en cuenta que la autoridad resolverá la solicitud de renovación en un termino de 40 días, contados a partir del día siguiente a la fecha asentada en el acuse de recepción generado. Transcurrido dicho plazo, sin que se haya resuelto se entenderá favorable la resolución respectiva.
El plazo de 40 días para resolver la solicitud por parte de la autoridad, se computara a partir de que se tengan cubiertos en su totalidad los requisitos antes mencionados.
Las empresas que hayan obtenido Certificación IVA-IEPS en la modalidad “A”, cuya vigencia haya iniciado el pasado primero de enero, les sugerimos recabar documentos en información en el mes de agosto próximo.